BASES LEGALES
La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) establece las bases para desarrollar la naturaleza
jurídica y el modelo organizativo del Sector Salud Venezolano.
· Artículo 83 establece
que la salud es un DERECHO SOCIAL fundamental, parte del Derecho a la
Vida.
· Artículo 84 ordena
la creación de un SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD, bajo la rectoría del
Ministerio de Salud, el cual será de carácter intersectorial, descentralizado y
participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los
principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración
social y solidaridad.
· Artículo 85 expresa
que el financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del
Estado.
· Artículo 86 establece
que toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de
carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en
diferentes contingencias.
· Artículo 122 reconoce
el derecho de los pueblos indígenas a una salud integral que considere sus
prácticas y culturas.
Igualmente,
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como derechos un conjunto de determinantes de la salud, como
es el derecho a la educación, nutrición, vivienda, cultura, trabajo, entre
otras.
Ley Orgánica
de Salud (1998). Establece
los estatutos, funciones y atribuciones del Ministerio de Salud, así como los
derechos y deberes de los beneficiarios de los servicios de salud. En su
Artículo 31 expone la importancia de la educación para la salud y la
participación de la comunidad y el Estado en el desarrollo de una cultura por
la salud y la vida, como parte fundamental de la estrategia de promoción de
salud. Actualmente en vacatio legis. Se discute en la Asamblea Nacional una
nueva Ley de Salud en concordancia con la Constitución de 1999.
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Plan
Estratégico Social de la Nación (2001-2007). Planteó como prioridad la Estrategia Promocional de
Calidad de Vida y Salud, integrando las políticas públicas sociales, la
corresponsabilidad ciudadana en los territorios sociales, considerando a la
salud como expresión individual y colectiva de calidad de vida y bienestar,
producto de los determinantes sociales, tomando en cuenta los derechos y las
necesidades sociales así como los territorios, las redes sociales y la
contraloría social. También pretendió enfrentar las inequidades de género,
etnia, grupos y clases sociales.

Plan Simón
Bolívar.2007-2013. En la
Directriz de la Suprema Felicidad Social, se propone una estructura social
incluyente, y se aspira que todos vivamos en las mejores condiciones posibles.
Allí se establece la estrategia “Profundizar la Atención integral en Salud de
forma universal”, donde se exponen las políticas de “Incrementar la Prevención
de Accidentes y Hechos Violentos”, así como “Expandir y Consolidar los
Servicios de Salud de forma oportuna y gratuita”.

Plan
Nacional de Salud 2007-2013/2018 Establece
la importancia de los modos, condiciones y estilos de vida en la salud y
enfermedad de la población. Así mismo, se establece el abordaje integral e
intersectorial de los diversos problemas de salud para impulsar los cambios en
los modos, condiciones y estilos de vida. Particularmente, destaca el gran
impacto que tiene en la población las altas tasas de mortalidad por accidentes
de tránsito y homicidios, para lo cual define en su segundo eje denominado
“Condiciones promotoras de calidad de vida y salud”, políticas concretas para
cambiar las condiciones de vida incluyendo entre otras, la reducción de los
homicidios y los accidentes de tránsito.

Resolución
Ministerial Nº 15 de la Gaceta Oficial Nº 34.479 del 31 de mayo de 1990. Donde se crea el Programa Nacional para la Prevención y
Atención de Accidentes y Hechos Violentos (PPAHV). Pese a que no se llegó a
formalizar legalmente, el Programa, desde el punto de vista técnico normativo,
fue actualizado en el año 1998 a través de un proceso de validación, donde
participaron los 24 Coordinadores Regionales, Sociedades Científicas y asesores
de la OPS/OMS, siendo la última referencia normativa de este Programa.
Resolución
CIAPEV Bajo Decreto Presidencial Nº 37.693 De Fecha 20 De Mayo De 2003 se crea la Comisión Interministerial para la Atención,
Prevención y Educación Vial.